"Tribunal Superior de Bucaramanga admite que el asesinato del dirigente sindical, Rafael Jaimes, es un crimen de lesa humanidad"

Comunicado de la Unión Sindical Obrera USO (Colombia), 6 de octubre de 2009

El 21 de septiembre de 2009, el Tribunal Superior de Bucaramanga, confirmó la sentencia condenatoria proferida por el Juzgado Primero Penal Especializado de Bucaramanga contra EDGAR JAVIER PADILLA GARRIDO, SAUL RINCON CAMELO, OMAR SOSA MONSALVE y LUIS FERNANDO CALDERON CALDERON por el homicidio del dirigente de la Unión Sindical Obrera RAFAEL JAIMES TORRA y su sobrino GERMAN AUGUSTO CORZO.

RAFAEL JAIMES TORRA, quien se desempeñaba como Tesorero de la Subdirectiva de Barrancabermeja de la USO , fue asesinado en una calle céntrica de esta ciudad, junto con su sobrino, el 20 de marzo de 2002 por paramilitares que operan en el Magdalena Medio bajo las órdenes de Julián Bolívar.

Al igual que en otros casos, se pretendió desviar los móviles del crimen, con el claro objetivo de encubrir a los determinadores y beneficiarios de la muerte de RAFAEL; sin embargo, a pesar de la manipulación de testigos, se logró demostrar la participación de contratistas de Ecopetrol en su muerte; principalmente de OMAR SOSA MONSALVE.

El Tribunal Superior de Bucaramanga fue enfático en reconocer que el homicidio de RAFAEL JAIMES TORRA se debió a su valiente labor como dirigente sindical de la USO en defensa de los trabajadores del sector petrolero, es así como consignó:

"...Es con estos fundamentos fácticos y jurídicos que se hace reprochable la conducta de los encartados, quienes de forma intolerante segaron la vida de Rafael Jaimes por su condición de sindicalista, y a su vez la de su sobrino quien lo acompañaba la noche de los hechos, desplegando todo un plan criminal para acallar a los trabajadores de la empresa ECOPETROL..."

De esta manera el Tribunal Superior de Bucaramanga otorga razón a las voces de la Unión Sindical Obrera - USO, víctima y sobreviviente de una política de exterminio a la oposición, que ha alegado desde tiempo atrás que la muerte de más 100 dirigentes y afiliados del sindicato no son hechos aislados, sino que obedece a un plan preconcebido y ejecutado por intermedio de estructuras de poder incrustados en las mismas instituciones de Estado, constituyéndose en crímenes de LESA HUMANIDAD.

Solo hasta ahora, un Tribunal colombiano se atrevió a calificar de esta forma, el homicidio de un sindicalista; señalando que "... A la luz de la legislación internacional esta clase de actos criminales vulneran los derechos humanos y a las personas protegidas de forma especial por esta normatividad como son los miembros de los sindicatos, quienes por sus condiciones de defensa de los derechos laborales de los trabajadores están expuestos a grupos organizados de poder de forma sistematizada atenten contra su vida y demás derechos, a fin de acallarlos en el cumplimiento de su labor.

Es por estas razones que esta clase de delitos son considerados como de lesa humanidad cuando hay una política criminal de matar a un grupo indefenso que pertenece a la población civil, en este caso a los miembros de los sindicatos, quienes han sido constantemente víctimas de ataques por parte de grupos armados que aliados con otros intereses cercenan de forma indiscriminada la vida de estas personas..." (Pág. 58 de la Sentencia de Segunda Instancia)

De otra parte, el Tribunal Superior de Bucaramanga, compulsa copias de las actuaciones para que se investigue penalmente a varias personas que declararon en el proceso con la pretensión de tergiversar la verdad y obstruir la acción de la justicia, evidenciándose así que la intimidación hizo parte de la investigación de estos hechos, consecuencia común al enfrentar estructuras armadas de poder organizadas como las "Autodefensas Unidas de Colombia" que imperaban en esta zona del país, circunstancia que lleva a ocultar la verdad y a que los testigos sean manipulados con el objetivo de dejar impunes estos actos que atentan contra los derechos humanos, y la dignidad de una sociedad.

En el análisis probatorio realizado por la segunda instancia, el Despacho evidencia que la ampliación de indagatoria del procesado Wilfred Martínez Giraldo (quien se acogió a la figura de la sentencia anticipada) no guarda coherencia con los demás medios probatorios apreciados en el sumario, ni genera certeza su dicho, subrayando un interés de encubrimiento a los otros procesados y demás autores del crimen.

En la actualidad, los autores materiales y uno de los determinadores de la muerte del líder sindical RAFAEL JAIMES TORRA y su sobrino, después de haber alegado su inocencia durante todo el proceso, incluso interpusieron el recurso de apelación que originó el histórico fallo, se acogieron a los preceptos normativos de la llamada ley de Justicia y Paz.

Pero lejos de cumplir con su obligación de decir la verdad, estos paramilitares han confesado el crimen contra el dirigente sindical de manera tergiversada, pretendiendo con ello utilizar sus versiones libres para ocultar los móviles y verdaderos determinadores y beneficiarios del homicidio, e incluso utilizando la cómoda posición que les otorga la ley para ejecutar actos de retaliación contra las personas que en su momento fueron testigos claves para el esclarecimiento de la verdad que hoy se logra traslucir en el fallo del Tribunal Superior de Bucaramanga.

Los paramilitares hoy condenados en segunda instancia, que pretenden beneficiarse de la Ley 975 de 2005, se encuentran actualmente recluidos en el patio de "justicia y paz" de la cárcel Modelo de Bucaramanga y han aprovechado esta situación para unificar sus versiones, con las que falsamente pretenden desprestigiar y dividir al movimiento sindical y social de la región y a sus integrantes. El interés perverso de ocultar la verdad por parte de estos paramilitares, ha motivado una solicitud de exclusión de estas personas como postulados y posibles beneficiarios de la cuestionada norma, la cual fue suscrita y presentada por varias organizaciones de derechos humanos y de trabajadores ante la Fiscalía General de la Nación.

Sin duda alguna, la decisión del Tribunal Superior de Bucaramanga ha marcado un claro precedente en la lucha contra la impunidad de crímenes de Estado en Colombia, a la vez que deja en evidencia la forma como los paramilitares buscan a través de sus versiones libres el ocultamiento de la realidad y ante todo de los beneficiarios y determinadores de los delitos de lesa humanidad que han cometido a lo largo y ancho del país.

Redactó: Junta Directiva Nacional y Comisión Nacional de Derechos Humanos y Paz de la USO. Bogotá , octubre-06-2009